Brasil: 26 entidades reclaman protección de derechos autorales ante los sistemas con IA

Pertenecen a sectores audiovisual, musical, editorial, dramaturgico y periodístico local. Adhiere al pedido ABERT, la Asociación Brasileña de Radio y Televisión.

10 ABR 2024

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En una carta enviada a los senadores brasileños, 26 entidades de los sectores audiovisual, musical, editorial, dramaturgico y periodístico del país reclamaron protección de derechos autorales ante los sistemas con Inteligencia Artificial (AI), al tiempo que elevaron propuestas sobre la preservación de los derechos de autor y la protección intelectual de obras y contenidos. Firmaron la carta entidades como ABERT (Associação Brasileira de Emissoras de Rádio e Televisão); ABI (Associação Brasileira de Imprensa) y ANJ (Associação Nacional de Jornais), la CBL (Câmara Brasileira do Livro) y Ecad (Escritório Central de Arrecadação e Distribuição), además de entidades representativas de clases y la Comisión Federal de Derechos Autorales del OAB (Ordem dos Advogados do Brasil), entre otros.

Las sugerencias buscan garantizar los derechos de los creadores e intérpretes de obras artísticas, intelectuales y producciones protegidas, evitando la "sustracción" de derechos a la clase artística, académica y periodística, argumentan.

El documento dirigido a los senadores sugiere que las recomendaciones sean incluidas en el informe sobre el proyecto de ley 2.338/2023, que está en análisis en el Senado Federal y que está siendo informado por el senador Eduardo Gomes.

Según las entidades, la Inteligencia Artificial Generativa utiliza algoritmos que estimulan el aprendizaje automático, haciéndolos capaces de producir nuevos contenidos a partir de la extracción de información y datos a gran escala utilizando numerosas bases que ya existen en el ámbito digital, alimentándose de un volumen gigantesco de información, estándares, lenguajes e imágenes que se ponen a disposición nuevas formas e información diferente al contenido original, lo que, en muchos casos, dificulta la identificación de las obras originales utilizadas.

Los materiales y contenidos protegidos por derechos de autor requieren licencia previa de sus respectivos propietarios. En el caso de las herramientas que involucran IA, especialmente la llamada generativa, los usos masivos de obras y producciones protegidas por propiedad intelectual sin autorización previa, en el proceso de minería de datos para el desarrollo de la IA, han sido comunes y el principal combustible para generación de textos, imágenes y producciones.

"Se trata de una clara violación de los derechos de propiedad intelectual, que devalúa las obras originales, perjudica a autores y propietarios y causa enormes pérdidas a la industria creativa, por lo que es imperativo evitar que prevalezca este escenario nocivo", señalan las entidades en el documento. También sostienen que, dependiendo del uso, el daño puede recaer en la sociedad. "Esto se debe a que la manipulación de producciones informativas, históricas o periodísticas profesionales, por ejemplo, puede ser distorsionada para generar desinformación y noticias falsas, dañando el debate público, la reputación y las marcas. Además, la apropiación de contenidos culturales nacionales por parte de gigantes tecnológicos en sus bases de datos asociadas a datos personales de brasileños representa una grave amenaza de secuestro del patrimonio cultural, sin compensación alguna para los creadores y el país", afirman las entidades.

Para garantizar los derechos de propiedad intelectual, el PL 2338/2023 debe tener una disposición clara que establezca que el uso de obras y producciones protegidas para la extracción de datos y el desarrollo de herramientas de IA deberá estar sujeto a autorización previa. Asimismo, sostienen que el contenido generado por IA no podrá ser similar ni estar protegido por normas de propiedad intelectual. Y aunque los sectores de la industria creativa no encuentren espacio para nuevas excepciones y limitaciones a los derechos de autor, si la legislación introduce alguna disposición al respecto, las excepciones y limitaciones de la minería de textos y datos y el desarrollo de herramientas de IA deberán restringirse y someterse a los tres -prueba de paso prevista en la ley brasileña y en los tratados internacionales, que regulan los principios de los derechos de autor, preservando siempre la prerrogativa del titular de los derechos de autor de autorizar o prohibir el uso de su obra o producción. Nunca se deben considerar ni utilizar excepciones para la extracción de datos o la capacitación comercial, y los usos no comerciales solo deben permitirse en ciertas situaciones establecidas por pautas claras y nunca permitir daños injustificados a los titulares de derechos de autor.

En adición, señalan que la formación de sistemas de IA y la aplicación de algoritmos por parte de los servicios deberán ser transparentes y permitir a los titulares de derechos de autor controlar y monitorear los modelos de uso de sus obras y producciones. En este sentido, las entidades firmantes destacan que resulta indispensable que las normas establezcan la responsabilidad civil objetiva de los desarrolladores de IA como régimen aplicable a los daños causados ​​por la tecnología. Concluyendo que, siempre, la carga de la prueba siempre deberá recaer en los desarrolladores de IA.

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