El plenario del Senado Federal de Brasil aprobó el Proyecto de Ley 5.497/2019, que determina que habrá cuotas de programación en las salas comerciales de obras cinematográficas brasileñas hasta el 31 de diciembre de 2033. Si bien las cuotas de programación en los cines había expirado en septiembre de 2021; ahora, la Cámara Alta acaba de aprobarlas por un lapso de 10 años. Para que se convierta en ley, sólo resta la sanción presidencial.
Empresas propietarias, locatarias o arrendatarias de salas, espacios, locales o complejos de exhibición pública comercial estarán obligadas a proyectar obras cinematográficas brasileñas, específicamente largometrajes, en el marco de su programación, de acuerdo con un número mínimo de sesiones y en función de la diversidad de los títulos.
El texto aprobado prevé sanciones para aquellos que no cumplen con la obligación de la cuota de pantalla. Para los casos en que no se cumpla la norma, serán sancionados con el 5% de la recaudación bruta promedio del complejo, multiplicada por el número de sesiones en las que se lleve a cabo el incumplimiento. Ese valor podría alcanzar la suma de BR$ 2 millones. Asimismo, prevé que la multa podría tener atenuantes o agravantes, y que podría ser sustituída en términos de ajuste de conducta.
El senador Humberto Costa explicó que la cuota de pantalla es uno de los instrumentos pioneros instituidos por el estado brasileño para fomentar la producción cinematográfica. "Se convirtió en un hecho jurídico en 1932, cuando el presidente Getúlio Vargas emitió el Decreto No. 21,240 del 4 de abril de ese año. Desde entonces, el mecanismo ha sufrido modificaciones y ajustes, y a veces abarcando cortos y largometrajes", aseguró, al tiempo que añadió: "Hoy, discutimos otra política de acceso a la cultura y apreciación de las producciones nacionales, reforzando, una vez más el compromiso del Congreso Nacional con la reestructuración del sector cultural brasileño", concluyó el legislador.