El gobierno colombiano decretó nuevas medidas para la prestación del servicio de televisión abierta radiodifundida en su territorio. El Decreto 516 de MinTic adiciona un parágrafo segundo al artículo 33 de la Ley 182 de 1995, modificado por el artículo 4 de la Ley 680 de 2001, en el que únicamente por el tiempo de duración del estado de emergencia económica, social y ecológica establece nuevos porcentajes mínimos de programación de producción nacional, que deben cumplir trimestralmente los canales de televisión abierta, que a partir de ahora será de lunes a viernes, de las 24 horas de programación “en el horario triple A, de 7 a 10:30 p.m. será del 20 por ciento”, así como de las 10:30 a 12 de la noche.
A partir de esa hora “y hasta las 10 horas, la programación se mantendrá 100 por ciento libre” y de las “10:00 horas a las 19:00 horas”, la producción de televisión nacional será del 20 por ciento. En momentos normales, en la franja triple A es del 70 por ciento de programación nacional y un 30 de producción extranjera.
"La emisión de noticieros se mantendrá en las mismas condiciones y proporción realizada por los canales nacionales, regionales y estaciones locales a la fecha de la declaratoria de la emergencia económica, social y ecológica", indica la norma.
El decreto ya despertó polémica y una de las primeras asociaciones en manifestarse fue la de la Asociación Colombiana de Actores (ACA), quien alertó que esta decisión implica llenar las parrillas de productos extranjeros. “En vez de incentivar la presentación de productos nacionales así sean repeticiones, atendiendo a que existen un número importante de series, telenovelas y documentales que ya han sido exhibidas en la televisión nacional y algunas que no se han presentado, así como también más de 170 películas que se han estrenado en los últimos 10 años, la mayoría con muy poca asistencia de público en las salas y que son material suficiente para copar las parrillas de programación de los canales públicos y privados del orden regional y nacional mientras dure el aislamiento”.
Ante el reclamo, la ministra de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC), Sylvia Constaín, se refirió al respecto, enfatizando que estas solo se implementarán durante la emergencia. Manifestó que antes de que se dictara esta medida, “el decreto 464 declaró este servicio (televisión) como un servicio esencial reconociendo su importancia especialmente en estos momentos del asilamiento preventivo obligatorio en donde para cuidarnos a nosotros mismos y a todos los demás debemos guardarnos en nuestros hogares”.
La funcionaria enfatizó que el decreto 516 también tomó unas medidas importantes reconociendo que durante este periodo no va a ser posible hacer producciones nuevas porque todos nos debemos proteger quedándonos en casa. "Flexibilizamos las obligaciones que había sobre contenidos nacionales", afirmó. Y finalmente, concluyó diciendo: “Quiero ser muy clara, esta es una medida excepcional y temporal. Todos queremos ver nuevamente a nuestros actores, productores, cantantes haciendo contenidos frescos contenidos que nos enorgullecen a todos los colombianos”.