20 JUN 2024

La CRC actualiza marco regulatorio para impulsar la televisión colombiana

99 artículos fueron modificados con lo que se simplifican y aclaran las medidas regulatorias sobre programación, espacios institucionales, publicidad y comercialización del servicio público de televisión.

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Atendiendo los desafíos normativos en materia de programación, publicidad y espacios institucionales en el servicio de televisión, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) adelantó un proyecto con enfoque de simplificación que permite continuar avanzando en el trabajo adelantado para consolidar un marco regulatorio propicio para proteger los derechos de los televidentes y usuarios, mantener la sana competencia en los mercados y garantizar la calidad en la prestación del servicio. Se trata de la revisión de 136 artículos de la Resolución 5050, que regulan las condiciones de operación y servicio de la televisión en las mencionadas temáticas, la cual contó con la participación de los operadores de televisión, asociaciones y gremios del sector audiovisual, organizaciones de la sociedad civil y entidades estatales relacionadas, en todas las etapas del proyecto regulatorio. 
 
Como resultado de este trabajo, la Comisión actualiza un total de 99 artículos (27 eliminados y 72 modificados) con lo que se simplifican y aclaran las medidas regulatorias sobre programación, espacios institucionales, publicidad y comercialización del servicio público de televisión, bajo la premisa de que una televisión con menos cargas regulatorias se hace más viable y, en consecuencia, puede ofrecer una mejor programación a sus audiencias. Uno de los cambios es la unificación de las franjas de programación que mantienen protegidos a niños, niñas y adolescentes ante contenidos no aptos para su desarrollo. Así, se establece que, entre las 7:00 a.m. y las 9:30 p.m., se podrá emitir programación infantil o de adolescentes, sin que esto implique un aumento en la cuota de este tipo de contenidos que tienen que emitir los operadores; con esto se brinda mayor autonomía para programar contenidos para diferentes edades, sin descuidar la protección de los televidentes.   
 
“La simplificación de las medidas responde a los cambios y desafíos que el servicio de televisión ha experimentado a raíz de la aparición de dinámicas de producción y emisión innovadoras, como los derivados de los servicios audiovisuales digitales, los nuevos modelos de pauta publicitaria y el crecimiento de redes sociales donde se comparten contenidos audiovisuales. Esperamos que esta actualización impulse la televisión colombiana y fortalezca la industria audiovisual nacional”, explicó Felipe Augusto Díaz Suaza, Comisionado y Director (E) Ejecutivo de la CRC.
 
En el mismo sentido, para promover la generación de subcanales digitales en la Televisión Digital Terrestre (TDT) dirigidos a niños, niñas y adolescentes, se exceptúa de la cuota de programación infantil y de adolescentes en el canal principal a aquellos operadores que emitan este tipo de señal. Para el impulso de la cultura nacional, se mantiene la medida de que los canales de TV abierta que programen cine extranjero deben emitir obras cinematográficas nacionales por el 10% de ese tiempo; no obstante, para facilitar a los operadores el cumplimiento de la norma y fomentar la exhibición del catálogo histórico de cine nacional, se genera un incentivo que da más peso a las obras que sean emitidas por primera vez en el canal. 
 
Respecto los espacios institucionales que los operadores deben emitir para garantizar la promoción de temas de interés público desde las entidades del Estado, se actualiza y organiza la distribución, estableciendo como duración máxima de estos contenidos 30 segundos, programando cinco (5) en franja prime, es decir, de 7:00 p.m. a 10 p.m., y diez (10) de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. En materia de publicidad directa e indirecta en televisión, se reduce la carga sobre los operadores en las campañas de prevención del consumo abusivo de alcohol, con la posibilidad de que el Estado aporte piezas a dicha campaña, unificando los horarios para la emisión entre las 9:30 p.m. a 5:00 a.m. y reduciendo la proporción de tiempo de la campaña de alcohol que estos operadores deben generar según el tiempo de publicidad de alcohol que emitan. 
 
Así mismo, se eliminan las restricciones de tiempo y formatos de publicidad en los canales regionales, lo que permite que estos canales puedan recibir mucha más pauta publicitaria que los fortalezca financieramente y permita la generación de más y mejores contenidos.
 
 

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