¿CÓMO ES EL PROTOCOLO SANITARIO PARA LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL ARGENTINA?

La iniciativa es producto de un trabajo articulado entre el Ministerio de Cultura de la Nación, junto con el equipo técnico de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo y elaborado mancomunadamente con las entidades representativas del sector.

27 AGO 2020

Compartir
  • Facebook
  • X
  • Linkedin
  • Whatsapp

Argentina aprobó su normativa para retomar el rodaje, grabación y postproducción de contenidos audiovisuales para cine, televisión y plataformas. Bajo la denominación “Protocolo general para la prevención del COVID-19 en el rodaje y/o grabación de ficciones para cine, televisión y contenidos para plataformas audiovisuales”, el documento fue presentado por Tristán Bauer, titular de Ministerio de Cultura de la Nación; Lucrecia Cardoso, a cargo de la Secretaría de Desarrollo Cultural,; Claudio Martínez, Subsecretario de Medios Públicos de la Secretaría de Medios y Comunicación Pública; Nicolás Battle, Vicepresidente del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA),  y autoridades de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo.

Participaron en la elaboración del documento la Asociación Argentina de Actores (AAA), Asociación General de Productores (ASOPROD), Asociación de Teleradiodifusoras (ATA), Cámara Argentina de la Industria Cinematográfica (CAIC), Cámara Argentina de Productoras Independientes de Televisión (CAPIT), Directores Argentinos Cinematográficos (DAC), Sindicato Argentino de Televisión Servicios Audiovisuales, Interactivos y de Datos (SATSAID), Sindicato de la Industria Cinematoráfica Argentina, Animación, Publicidad y Medios Audiovisuales, (SICA APMA), Sindicato Único de Trabajadores Espectáculo Público (SUTEP).

Lo que hay que saber: los puntos fundamentales del Protocolo

- La producción será la encargada de evaluar la viabilidad del proyecto

- Cuando los actores y actrices que deban interpretar personajes con interacción de contacto humano cercano, se sugiera que se separen esas escenas del diseño de producción general y se incluya un plan especial que podría recurrir a algún sistema de testeo.

- Se deberá reevaluar la distribución de los puestos de trabajo para mantener la distancia social entre ellos. Ponderar el escalonamiento de turnos. En la primra etapa de reincorporación, establecer una plantilla mínima indispensable. Y evaluar la prestación remota de servicios.

- Se tendrá que capacitar al personal sobre medidas de prevención implementadas antes y después de las actividades.

- Deberán colocarse los afiches COVID-19 provistos por la ART en lugares destacados.

- Mantener informado al personal sobre las últimas novedades en relación con la COVID-19 recurriendo a información confiable del Ministerio de Salud de la Nación, autoridades sanitarias locales, comunicados de prensa y de asociaciones científicas.

- Disponer de cartelería y señalización de la aplicación de las medidas de prevención tanto para el personal como para el público en general, haciendo hincapié en la distancia de seguridad, uso de barbijo o tapaboca, higiene de manos y elementos personales, colocación y uso de protección facial y desecho de EPP.

- Se recomienda que en una primera etapa se realice la incorporación progresiva del personal evitando su aglomeración. Para ello, se deberán establecer criterios de convocatoria al personal para cumplir tareas en las locaciones, adecuando dichas citaciones dentro de un cronograma o régimen de grabación que atienda los cuidados del personal enmarcado en los factores de riesgo.

- No se permitirá el ingreso a los establecimientos o lugares de grabación o emisión a ninguna persona que posea la presencia de síntomas asociados a la enfermedad COVID -19.

- Las empresas deberán disponer de un lugar específico en la entrada de los distintos espacios de circulación del personal, destinado para que las personas puedan higienizar manos, calzado y objetos personales (carteras, celulares, mochilas, bolsos, etc.) antes de llegar al puesto de trabajo y reiterar la operación al egreso de las locaciones.

- Deberá instalarse un kit de higienización y desinfección acorde a la duración y condiciones de la tarea. Los elementos para la higiene y desinfección de los trabajadores y trabajadoras consistirán en: agua, jabón, alcohol al 70%, alcohol en gel o lavandina al 1% (55 gr cloro), toallas individuales descartables.

- Se promoverá el frecuente y completo lavado de manos siguiendo la recomendaciones respectivas siendo el mismo de una duración de entre 40 y 60 segundos (conforme las recomendaciones de la OMS, 2010) dentro del establecimiento, cuando se considere necesario y a lo largo de toda la jornada laboral, proporcionando a los trabajadores de un lugar a tal efecto.

- Se recomienda la desinfección constante durante todo el rodaje de materiales y equipo técnico de trabajo; gripería, cámaras, utilería, luces, micrófonos, etc., antes de ser entregado a otra persona.

- Se deberán higienizar y desinfectar los ambientes de trabajo de forma previa, durante y después de cada una de las jornadas, incluyendo locaciones de grabación o rodaje, estudios, canales, salas de ensayo, instalaciones edilicias, oficinas, comedores, cocinas, sanitarios, escritorios, sillas, PC, armarios, depósitos, elementos de trabajo, carteras, mochilas, efectos personales, etc.

- Se desaconseja y desalienta el uso de artefactos de uso común (microondas, calentador de agua, heladera, dispenser de agua, etc.). En caso de necesidad de uso será bajo la responsabilidad de cada usuario. Se deberá realizar la desinfección de todas las superficies de posible contacto antes y después del uso (Manijas, perillas, botones, pico vertedor, etc.). Se colocará kit de desinfección en cada uno de los artefactos.

- El Empleador designará un Coordinador de Seguridad e Higiene en el Trabajo quien bajo su responsabilidad y con el eventual asesoramiento del Comité Mixto contribuirán a garantizar que se cumpla lo establecido en el presente Protocolo y de concientizar al personal respecto de la importancia de su cumplimiento.

- En ambientes con acondicionamiento de calidad del aire se deberá mantener un eficiente funcionamiento del sistema de ventilación. El mismo deberá adecuarse a los requerimientos mínimos de renovación (incrementar el porcentaje de aire intercambiado con el exterior lo máximo que el sistema permita) dentro de los límites de rendimiento del equipamiento para el acondicionamiento del aire, y asegurar la periódica y efectiva limpieza de los filtros. Se deberá garantizar también la desinfección de interior de ductos y toberas. Esta tarea deberá realizarse con la mayor frecuencia posible.

- Para rodajes de más de una jornada, se deberán tomar los recaudos para que los equipos desinfectados y cargados en transporte permanezcan a resguardo y sin manipulaciones hasta el comienzo de la siguiente jornada.

- Todo el personal de servicio de catering deberá utilizar barbijo, máscara protectora facial, guantes que deberá ser provisto por la empresa proveedora y extremar las medidas de higiene de superficies y alimentos, para los que se cumplirá también su tratamiento de acuerdo a las reglamentaciones y condiciones sanitarias que correspondan.

- Se propiciará la utilización de vehículos propios, de no ser posible el empleador proveerá el transporte para el personal al ingreso y salida de cada jornada, guardando las medidas de protección y distanciamiento y garantizando su movilidad en un vehículo designado a tales efectos y a los fines de evitar el transporte público.

- Si se utilizan taxis o remises o combis, solo debe viajar una persona por cada fila de asientos manteniendo la mayor distancia posible entre los ocupantes.

- En los casos en que por razones de la condición de trabajo no se pueda garantizar la distancia de seguridad entre personas, adecuadas condiciones de higiene, desinfección del ambiente de trabajo, condiciones de ventilación antes y durante la tarea, y/o por cualquier motivo que genere una situación de riesgo, deberá proveerse de los elementos de protección personales (EPP) correspondientes, en cantidad y calidad acorde al riesgo.

- Se recomienda la realización en general de reuniones de manera virtual (videollamadas), optando por el trabajo a distancia en todas las fases del proyecto que así lo permitieran.

- Para el caso de los castings en que requiera como medida imprescindible la presencialidad, el Empleador deberá acordar con los participantes al Castings el encuadramiento del mismo en una figura convencional de contratación del Sector a los fines de garantizar la correspondiente cobertura de ART.

- Se deberá tratar de evitar o reducir las pruebas de vestuario de las mudas principales y de back-ups previas al rodaje, sustituyéndolo por un dossier con tallas, modelos, etc. Como alternativa se recomiendan las mediciones con maniquies regulables o la disponibilidad de talles alternativos durante el transcurso de la producción y/o el rodaje.

- Para el Scouting (búsqueda de locaciones) se recomienda la modalidad de teletrabajo, minimizando las salidas de búsqueda y priorizando la búsqueda de las mismas a través de la recolección de fotografías, planos, diagramas y/o dibujos, realizando únicamente la interlocución que sea indispensable para reducir el contacto.

- El vestuario deberá transportarse en todo momento desinfectado y dentro de fundas, con film protector o bolsas de nylon a fin de evitar su contaminación.

- Durante la grabación y/o rodaje se deben asegurar que los elementos de escenografía, decoración, utilería y attrezzo que entran en contacto con el Equipo Técnico y el Equipo Artístico estarán desinfectados antes y después de cada escena, toma, films, etc.

- Antes, durante y después de cada grabación o emisión, se efectuará la limpieza y desinfección integral de los lugares de trabajo, y la aplicación de desinfectantes sobre las superficies que toman contacto con las manos, con alcohol, lavandina u otros productos adecuados y homologados para tal fin.

- Las actrices, los actores, bailarines, bailarinas que durante los ensayos y/o filmación/grabación no puedan trabajar respetando el distanciamiento social mínimo establecido, como así tampoco puedan utilizar EPP, debido a la especificidad del proyecto y/o de la escena deberán ser sometidos al test científico más confiable para excluir la positividad del virus SARS-COV-2 19, aguardando el resultado bajo las medidas vigentes de la jurisdicción en la que se encuentren previo al ingreso a una jornada de rodaje. Notificar al empleador, a través del reenvío del resultado del test recibido por la actriz o actor, bailarín o bailarina, vía correo electrónico a la casilla institucional o de la persona que designe la empresa para ese registro, acreditando, a su vez, en la etapa de ingreso a la locación, el cumplimiento de las medidas preventivas de cada jurisdicción a través de la aplicación cuidar dando cuenta de haber cumplido con las normas vigentes a ese momento, y de no haber estado en contacto estrecho con casos confirmados de COVID-19, en el lapso comprendido entre la realización del test y el inicio de la actividad. Se repetirá este test en forma semanal, o cuando el lapso de tiempo entre dos jornadas de filmación supere un tiempo considerable, aún en ausencia de síntomas.

- Se cumplirá con todas las medidas de seguridad general y de sanidad específicas con los animales que deban participar de las producciones. Para ello será importante que el animal ingrese higienizado y se proceda a la desinfección de las patas del mismo al ingreso del lugar de rodaje.

- Ante la presencia de una persona con síntomas, el responsable designado del área deberá comunicarse con los números de teléfonos indicados en cada jurisdicción para seguir los protocolos del Ministerio de Salud de la Nación y/o de cada provincia o jurisdicción.

- Al trabajador/a con “contacto estrecho” con personas que posean confirmación médica de haber contraído COVID-19 se le autorizará el retiro del establecimiento en forma inmediata y se le indicará que con carácter urgente llame al Sistema de Salud de su jurisdicción. Se recomienda garantizar un transporte seguro al domicilio, desalentando el uso del transporte público.