Las plataformas de streaming que operan en España deberán contribuir con el 5% de sus ganancias a financiar, como ya lo hacen RTVE y las televisiones privadas tradicionales, a financiar cine y series europeos. O, en su defecto, que aporten directamente, al Fondo de Protección de la Cinematografía del ICAA.
De acuerdo con el anteproyecto presentado por el poder ejecutivo español, de ese porcentaje, al menos un 70% deberá ser destinado al apoyo de proyectos desarrrollados por productores independientes; y al menos un 40% a películas de estos productores en español u otra lengua oficial de las Comunidades Autónomas. El texto remite a la Ley del Cine para aclarar que con “película” se refiere a una obra “destinada, en primer término, a la explotación comercial en salas”.
De esta forma, las plataformas como Netflix, HBO o Amazon Prime Video se suman a las cadenas de televisión privadas como Mediaset (Telecinco y Cuatro), Atresmedia (Antena 3 y La Sexta) y a los operadores de telecomunicaciones (Movistar, Vodafone y Orange) que ya están obligados a sufragar al cine español y a la televisión pública. En el caso de emisoras públicas, como RTVE, el porcentaje sube al 6%.
España empieza así a recuperar el retraso acumulado ante Bruselas: todos los Estados miembros debían recoger, antes del 19 de septiembre, la nueva directiva audiovisual europea aprobada en 2018. Solo Alemania, Dinamarca y Suecia lo han hecho. En los demás países, incluida España, la transposición del texto aprobado por la Comisión ha generado enormes presiones de todos los actores implicados: directores, productores, televisiones y plataformas, grandes y pequeñas. Lo que está en juego, al fin y al cabo, es la futura financiación del cine y las series nacionales. Y los gobiernos nacionales pueden mantener los mínimos establecidos por Bruselas o incluso ampliarlos. La ley entra ahora en un periodo de consultas hasta el 3 de diciembre para que las empresas afectadas y los grupos políticos puedan hacer sus alegaciones.
El anteproyecto recoge así un histórico caballo de batalla del cine español. Aunque lo cierto es que los artículos 111 y 117 incluyen una serie de formulaciones que auguran disputas. Por un lado, se considera productor independiente aquel que no esté vinculado “de forma estable en una estrategia empresarial común con un prestador de servicios” televisivos y que “asume la iniciativa, la coordinación y el riesgo económico de la producción de programas o contenidos audiovisuales, por iniciativa propia o por encargo”. Justamente este último término deja abierta una puerta más que ambigua.
Además, el anteproyecto establece que las plataformas que obtengan ingresos en el mercado español inferiores a 10 millones estarán exentas de la obligación de contribuir. Y las que recauden menos de 50 millones podrán también invertir ese 5% en “la compra de derechos de explotación de obra audiovisual europea ya terminada”. Para su control, todas las empresas audiovisuales, incluyendo las plataformas de vídeo en streaming, deberán inscribirse en un registro, y aportar una serie de datos como número de suscriptores o cuotas cobradas en España, que será tutelado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Una labor que será decisiva para que la nueva tasa sea efectiva. La mayor parte de las plataformas de vídeo bajo demanda estadounidenses que operan en España declaran solo un porcentaje mínimo de su facturación en el país, desviando el grueso de los ingresos a sociedades interpuestas radicadas en Estados con fiscalidad más favorable como los Países Bajos. En principio, YouTube queda fuera del pago de la tasa porque no está radicada en España y porque su principal actividad es el servicio de intercambio de vídeos y no la producción audiovisual, por lo que no alcanzaría la facturación mínima requerida por la ley, informaron en fuentes de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones.