17 ABR 2024

Megacable deberá compartir su red con otras empresas mexicanas

El Instituto Federal de Telecomunicaciones impuso esta política a la compañía para garantizar la sana competencia y la protección de los usuarios en términos de tarifas.

17 ABR 2024

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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de México determinó a Megacable Holdings obligaciones específicas por considerarlo un Agente con Poder Sustancial. El poder sustancial se define como la capacidad que tiene una empresa para fijar precios unilateralmente o restringir el abasto en el mercado relevante, sin que los competidores puedan contrarrestar dicho poder. Con esta medida, el Instituto busca garantizar la competencia y la protección de los usuarios en términos de tarifas. Y es que, de acuerdo con el IFT, Megacable es una empresa con servicios fijos de internet, video y voz con la capapacidad de influenciar el mercado de telecomunicaciones a su favor en nueve ciudades de cinco estados de la República mexicana.

Derivado de este estatus, el IFT impuso a la compañía una política especial que la obliga a la compartación de su red con terceras empresas. Es decir, una compañía del mercado fijo o del segmento móvil podrán solicitar un acceso a la red de telecomunicaciones de Megacable en esas nueve localidades para configurar nuevos paquetes de servicios para el consumidor final, de dos, triple o hasta de cuádruple play. Además, ya sea una compañía establecidad o nueva podrá explotar a su favor la red de Megacable en las ciudades consideradas en la regulación especial, con lo que podrían maximizar su plan de inversiones ante el hecho de que Megacable Holdings ya construyó una nueva red allí y además una de última generación, debido a que esta compañía ejecuta un plan de reconversión de redes de cobre hacia redes soportadas en fibra óptica, por valor económico de 2 mil millones de dólares entre los años 2021 y 2027.

De acuerdo con el comunicado emitido por el IFT, la empresa presedida por Enrique Yamuni deberá limitar los plazos forzosos a los que estarían obligados los usuarios finales al momento de contratar su servicio, así como mantener los precios originalmente pactados durante la vigencia del contrato. También deberá garantizar que, de existir mejores condiciones en los paquetes ofertados, por precio o por servicio, el usuario sea oportunamente informado de estas condiciones; y evitar condicionantes adicionales que les impidan la libre elección de un proveedor, entre otras medidas. Megacable se sujeta a una política parecida a la que están sujetadas Telmex y Telcel desde el año 2014 a nivel nacional.

“Las obligaciones específicas impuestas tienen el objetivo de incentivar una mayor competencia a través de la eliminación de posibles barreras a la entrada para otros competidores”, señala el texto.

A nivel México, Megacable es una compañía de telecomunicaciones con 4.94 millones de clientes únicos, 12.7 millones de suscriptores entre video, voz e Internet fijos, una cobertura de 15 millones de casas pasadas, 94 mil kilómetros de red y casi 32 mil empleados. En diciembre de 2021, Megacable impugnó la resolución cuando fue declarado con Poder Sustancial.
 
El anuncio de la imposición de una política puntual para Megacable Holdings en cuanto la compartición de su infraestructura cae en un momento en que los competidores de Megacable a escala nacional, especialmente Totalplay e Izzi Telecom, atraviesan dificultades en sus estados financieros, porque sus inversiones a la construción de redes aún está por ser redituable. Este hecho ha provocado que, por ejemplo, Totalplay buscara la renegociación de deuda por 518 millones de dólares, en tanto Izzi sopese su inversión año con año, hasta en 152.3 millones de dólares en 2023