La Agência Nacional do Cinema (Ancine) publicó la Instrucción Normativa Nº163 que regula los canales de distribución obligatoria en la TV paga brasileña, tal como lo establece el artículo 32 de la Ley SeAC. Los programadores tendrán un año para adaptarse a las nuevas reglas.
Hasta ahora, la reglamentación tenía por objeto únicamente la acreditación de entidades nacionales para la programación de canales universitarios y comunitarios en el DTH. La Instrucción Normativa Nº163 incluye todos los canales de distribución obligatorios en el reglamento y fue a Consulta Pública. El documento se basa en las recomendaciones del Análisis de Impacto Normativo de la resolución de la Agência Nacional de Telecomunicações (Anatel) que regula los canales universitarios y en la acreditación provisional de Ancine de los canales universitarios y comunitarios en la TV paga satelital.
La nueva normativa introduce como novedad la necesidad de acreditación previa de los canales de distribución obligatoria, con excepción de los canales de TV abierta. Además, cuando más de una programadora estuviera interesada en un mismo canal de programación, ahora será necesario establecer un acuerdo o convenio; o bien, crear entidades representativas para operar el canal. En el caso de más de un canal comunitario, por ejemplo, se deberá crear una sola entidad que represente a estos agentes, la que será responsable de registrar en Ancine y programar el canal que será cargado por el proveedor del servicio de TV paga.