14 SEP 2023

Brasil: CADE extiende por 14 años las actividades de Simba Content

Las empresas deberán mantener la libre negociación de los valores de las licencias de canales con los grandes operadores, pero en igualdad de condiciones para los operadores medianos.

14 SEP 2023

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El Consejo Administrativo de Defensa Económica (Cade) de Brasil aprobó, con restricciones, la extensión por 14 años de las actividades de Simba Content, joint venture formado por SBT, Record TV y RedeTV! dar a las emisoras el derecho de mantener la libre negociación por el licenciamiento con los operadores de TV paga y en igualdad de condiciones frente a los pequeños y medianos.

El Tribunal revocó la decisión anterior, luego de que se interpusiera un recurso de apelación por parte de la Associação Neo, calificada como tercero interesado en el proceso. Como informáramos en agosto pasado, NEO expresaba que la renovación sin condicionantes podría causar daños a las empresas más pequeñas del sector dedicado a la distribución de canales pagos. No obstante, el Tribunal aceptó parcialmente el argumento de Neo: en su votación, el relator Víctor Oliveira Fernandes señaló que Simba podría aprovechar la posición de las emisoras que forman parte de la empresa conjunta en el mercado de la televisión abierta para perjudicar a las pequeñas televisoras de televisión paga. Para abordar las preocupaciones sobre la competencia, Cade condicionó la aprobación del acuerdo a la ejecución de un Acuerdo de Control de Fusiones (ACC).

Las empresas deberán mantener la libre negociación de los valores de las licencias de canales con los grandes operadores, pero en igualdad de condiciones para los operadores medianos. La igualdad de condiciones se aplicará también a los pequeños operadores, pero con un periodo de transición de nueve meses, durante el cual se mantendrá la regla de licencia de canales gratuitos, de acuerdo con el ACC firmado en 2016.

El Tribunal autorizó a Simba a desarrollar sus actividades durante 14 años, un plazo superior al previsto en la anterior ACC, al no existir evidencia de que las actuaciones de la empresa, desde su creación, hubieran causado daños a la competencia.

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