El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), en sesión de 23 de junio de 2021, aprobó por unanimidad presentar una controversia constitucional en contra de diversas disposiciones contenidas en la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de junio de 2021.
Considera que diversas disposiciones contenidas en esa Ley afectan la competencia constitucional de este órgano autónomo como autoridad en materia de competencia económica de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión en los términos que dispone el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De igual forma, el Pleno resolvió promover una controversia constitucional en contra de diversas disposiciones contenidas en el Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de noviembre de 2018, y se expide la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo de 2021.
Lo anterior, debido a que se considera que diversas disposiciones contenidas en el Decreto afectan su autonomía constitucional y sus garantías institucional y presupuestal.
Para el IFT es indispensable garantizar el ejercicio eficaz y oportuno de sus facultades constitucionales, así como de autoridad en competencia económica de los sectores de radiodifusión y telecomunicaciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Instituto aprobó de manera unánime informar a la Secretaría de Gobernación los resultados de la supervisión de la publicidad pautada en la programación destinada al público infantil, respecto del mensaje comercial “servicio de renta de películas” del servicio de televisión restringida conocido comercialmente como izzi, del concesionario Cablevisión, S.A. de C.V.
De acuerdo con el artículo 246 fracción V de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), en la publicidad destinada al público infantil no se permitirá incitar directamente a que compren o pidan la compra o contratación de un producto o servicio.
El análisis del mensaje comercial permitió determinar que efectivamente se dirigía al público infantil y que podría estar incitando directamente a dicho público a que compre o contrate un servicio, particularmente el de renta de películas de izzi, por lo que, con base en lo dispuesto en el artículo 15 fracciones LX y LXII de la LFTyR, se resolvió informar a la Secretaría de Gobernación los resultados de dicha supervisión, con el propósito que ejerza sus facultades de sanción.
24 CONCESIONES PARA PRESTAR TELEVISIÓN
El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó otorgar al Sistema Público de Radiodifusión (SPR) 24 concesiones para usar y aprovechar bandas de frecuencia del espectro radioeléctrico para uso público, para la prestación del servicio de televisión digital terrestre (TDT) en diversas localidades de 15 estados de la República.
Con las 24 concesiones el SPR ampliará su cobertura para brindar servicios de radiodifusión de contenidos audiovisuales en más estados de la República con el objetivo de contribuir en la función social de fortalecer la integridad nacional y el mejoramiento de las formas de convivencia humana, al transmitir programación de carácter cultural y de interés social para la sociedad.
Asimismo, en términos de sus principios rectores y atribuciones, proveerá del servicio de televisión digital terrestre con contenidos que promuevan la integración nacional, la formación educativa, cultural y cívica, la igualdad entre mujeres y hombres, la difusión de información imparcial, objetiva, oportuna y veraz del acontecer nacional e internacional y dar espacio a las obras de producción independiente, así como la expresión de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad.
Por otro lado, el Pleno acordó ampliar por 20 días hábiles más el plazo de consulta pública del “Anteproyecto de Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones actualiza el Cuadro Nacional Atribución de Frecuencias", con la finalidad de conceder más tiempo a los interesados en participar en este proceso. El ejercicio concluirá el 6 de agosto de 2021.
De igual forma, se extendió también, por 20 días hábiles, la consulta pública del Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones clasifica la banda de frecuencias 5925-7125 MHz como espectro libre y emite las condiciones técnicas de operación de la banda”, para concluir 5 de agosto de 2021.
Además, el Pleno también aprobó los “Lineamientos para la Acreditación y Autorización de Organismos de Certificación en materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión”, cuyo objeto es establecer los requisitos y procedimientos para la Acreditación y Autorización de Organismos de Certificación que realizan actividades de certificación; lo anterior con el fin de determinar el cumplimiento de una o más características en los productos, equipos, dispositivos o aparatos de telecomunicaciones y/o radiodifusión sujetos a los procedimientos de Evaluación de la Conformidad vigentes.
En dichos lineamientos se privilegia el uso de medios digitales para la comunicación entre los organismos de evaluación de la conformidad, el Instituto y los interesados en obtener un certificado de conformidad, dictamen de la visita de evaluación al Organismo de Certificación solicitante. Derivado de lo anterior, los procedimientos resultantes serán más eficientes y expeditos, contribuyendo así también a la simplificación administrativa del mismo Instituto; y se toma como referencia el estándar internacional ISO/IEC 17065: “Evaluación de la Conformidad - Requisitos para organismos que certifican productos, procesos y servicios”, que atiende a la evolución tecnológica, adecuándose a las condiciones del sector de la radiodifusión y telecomunicaciones en México.